Prohíbe Bolivia derecho a matrimonio de personas trans

Prohíbe Bolivia derecho a matrimonio de personas trans

1699
Compartir

SUCRE.- La Supre Corte de Bolivia ha declarado inconstitucional parte de un artículo de la ley sobre la Identidad de Género, que permite a las personas trans contraer matrimonio tras cambiar su identidad sexual oficialmente.

Sin embargo, aunque se reconoce como constitucional el cambio de identidad de género, de nombre y de imagen de las personas, esto no conlleva que éstas dispongan de todos los derechos como matrimonio, adopción o derechos políticos como la paridad de género.

Las uniones civiles entre un hombre o una mujer con una persona transgénero no puede producirse al amparo del parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, según el funcionario pues pueden ser entendidas como «matrimonio homosexual».

La sentencia declara inconstitucional «ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales» por parte de las personas trans.

Desde que fue promulgada la ley de Identidad de Género en mayo de 2016, decenas de personas modificaron su documentación y algunas llegaron a contraer matrimonio.

El juicio de inconstitucionalidad fue promovido por un grupo de legisladores de derecha alegando que atentaba contra la familia tradicional.

El Partido Demócrata Cristiano (PDC),  impulsor de la demanda, está a favor de que los matrimonios realizados al amparo de esa norma ahora deben ser anulados.


Con información de El Nuevo Diario.com

Comentarios